14. Programa Especial de Acompañantes  
     
 

Únicamente el titular (o su representante) de cada patente o modelo de utilidad presentados tendrá incluídos los derechos de participación en el "programa de actos paralelos" y en las "Jornadas". Los acompañantes deberán acogerse, previa inscripción, al "Programa Especial de Acompañantes".